OTCO Notificación de Política para el Abastecimiento de Productos Agrícolas a través Proveedores No-Certificados
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Boletin Informativo
Resumen
Las regulaciones del Programa Nacional Orgánico (NOP) permiten la exclusión de la certificación para las entidades comúnmente conocidas como intermediarios, comerciantes, mayoristas y distribuidores. Estas operaciones están excluidas bajo el §205.101(b)(1) del NOP siempre y cuando los productos orgánicos que reciben estén encerrados y permanezcan en el mismo empaque. Sin embargo, las operaciones que están excluidas deben proporcionar documentación de certificación para los materiales de la ultima fuente orgánica certificada. Es importante asegurar que toda la información de trazabilidad también se mantiene para garantizar que el producto que se recibe de una entidad no certificada se muestra como orgánico.
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