Entrada en vigor: Las actualizaciones regulatorias de la Ley de Productos Organicos de Mexico en 8-diciembre-2020
El 12 de junio del 2020, se emitió una notificación a cada operación certificada con Oregon Tilth de la actualización de la Ley de Productos Orgánicos (LPO) de México, avisando que sus atribuciones entrarán en vigor a partir del 8 de diciembre del presente año.
Se conoce como el «ACUERDO por el que se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones del diverso por el que se dan a conocer los Lineamientos para la operación orgánica de las actividades agropecuarias, publicado el 29 de octubre de 2013.” Se puede acceder a la Ley de Productos Orgánicos de México (LPO), incluyendo el nuevo Acuerdo por medio del siguiente enlace: https://esp.tilth.org/certificacion/mexico/.
El presente es para darle un amable recordatorio de la pronta entrada en vigor de la regulación, la cual aplica a todos los operadores orgánicos ubicados en el territorio mexicano y los operadores ubicados fuera de México que han elegido certificarse al estándar LPO de México.
Es importante que se informe sobre los cambios que podrían afectar a su operación, de acuerdo con su tipo de actividad. Entre los temas que se han actualizado a través del nuevo Acuerdo LPO, algunos de los cambios principales por tipo de actividad son:
Articulo LPO | Tema | Cultivo (Clase O) | Manejo, Proceso, Distribución (Clase OH) |
5XV | Producción en contenedores | X | |
8 | Inspeccion | X | |
11-12 | Conversion retroactiva | X | |
21 | Letreros, rastreabilidad | X | |
25 | Uso de la práctica de la quema | X | |
36-36 | Semillas, material vegatativo | X | |
51 | Plasticos, PVC | X | |
185 | Procesamiento paralelo | X | |
197 | Uso de almacenes contratados | X | |
200,204 | Etiquetado | X | X |
257 | Muestreo | X | X |
267, Anexo 1 | Cambios en las sustancias aprobadas, sus restricciones de uso y/o sus criterios de revisión técnica | X | X |
Actualización de su plan de manejo orgánico: Con el fin de garantizar el cumplimiento continuo de las operaciones certificadas al estándar LPO de México con Oregon Tilth, hemos actualizado nuestro Suplemento Orgánico de México (MX) para reflejar las disposiciones del nuevo Acuerdo LPO de México. Cada operación ubicada en México debe completar y presentar el Suplemento Orgánico de México (MX) actualizado junto con su Solicitud de renovación de certificación con Oregon Tilth este año, cuando solicite su renovación.
Acuérdese revisar la fecha aniversario de su certificado orgánico para saber en qué fecha solicitar la renovación de su certificado orgánico con Oregon Tilth. En caso que la fecha aniversario (Anniversary Date) de su certificado OTCO es 1/1/21, se le envió los formularios de renovación de certificación el 3-noviembre-2020 vía correo electrónico. Si su fecha aniversario es el 4/1/21, recibirá los formularios a principios del 2021. El Suplemento Orgánico de México (MX) y los formularios de renovación están disponibles en la página web de Oregon Tilth en: Renueva su certificación.
Actualización obligatoria de su lista de insumos autorizados: Se solicita que cada operación prepare una lista actualizada de insumos (utilizando el formulario OTCO C11 o su equivalente) antes de su inspección anual de 2021. Prepare la lista, así como la documentación técnica de respaldo de cada insumo (consulte la lista a continuación). Todos los materiales deberán revisarse por OTCO de acuerdo con las disposiciones actualizadas del Acuerdo LPO junto con su informe de inspección anual de 2021.
Tenga en cuenta que la revisión de algunos insumos puede ser tardado por su complejidad; como tal, una buena práctica es solo incluir aquellos insumos actualmente en uso o planeados para uso inmediato por su operación.
- OBLIGATORIO – Documentación técnica para la revisión de materiales de acuerdo con el estándar LPO de México que se debe proporcionar en el momento de la inspección anual:
- Etiqueta e información del insumo
- Instrucciones de uso
- Lista completa de ingredientes activos e inactivos
- Evidencia de cumplimiento de las regulaciones secundarias aplicables (por ejemplo, COFEPRIS)
Actualización obligatoria de cualquier etiqueta destinada para el mercado nacional de México: Derivado de la actualización de los requisitos de etiquetado establecidos a través los Artículos 200 y 204 en el Acuerdo LPO, se debe revisar cada etiqueta destinada para el mercado nacional de México para asegurar su cumplimiento a partir del 8 de diciembre 2020 con el Acuerdo LPO. Recuerde que cada etiqueta nueva o actualización debe ser aprobada por Oregon Tilth antes de usarse.